La ONU pidió el rechazo del proyecto que establece el control a organizaciones sin fines de lucro. Sostuvo que impone restricciones sustanciales al financiamiento de las mismas. Consideró que tendría un impacto negativo en la labor de derechos humanos de la sociedad civil y frenaría la libre asociación y expresión.
La Oficina de Derechos Humanos de la Organización de la Naciones Unidas (ONU) llamó este viernes a la Cámara de Diputados a que rechace el proyecto de ley que “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”.
Lamentó la “reciente y acelerada” aprobación por parte de la Cámara de Senadores del proyecto de ley. Afirmó que “impone restricciones sustanciales al financiamiento de las organizaciones sin fines de lucro”.
“Las ley internacional de derechos humanos reconoce el derecho de la sociedad civil de buscar, obtener y usar recursos para operar efectivamente”, dice el comunicado de la portavoz de la oficina Marta Hurtado.
Manifestó que tendría un impacto negativo en la labor de derechos humanos que realizan las organizaciones de la sociedad civil y frenaría el ejercicio de la libre asociación y expresión.
Urgió a las autoridades a consultar con defensores de derechos humanos, la sociedad civil y otras organizaciones, y garantizar un marco normativo que cumpla con las leyes internacionales de derechos humanos.
Proyecto
La Cámara de Senadores aprobó el lunes el proyecto de ley “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”.
El proyecto tiene por objeto establecer el régimen de control, transparencia y rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) que reciban o administren fondos públicos o privados, de origen nacional o internacional, a ser destinados o que de alguna manera guarden relación con sectores y ámbitos de competencia del Estado, entidades descentralizadas, entes autárquicos, autónomos y de economía mixta.
Crea el Registro Nacional de Organizaciones sin fines de lucro, que dependerá del Ministerio de Economía y Finanzas. En él deberán inscribirse obligatoriamente todas las OSFL existentes y por constituirse. Deberán presentar informes semestrales a dicha institución sobre el uso de sus fondos que reciban y su destino.
Asimismo, establece que las OSFL deberán constituirse por escritura pública y en sus estatutos sociales constarán cláusulas con los nombres y apellidos, documentos de identidad y domicilio de los constituyentes. Además, deberán constar las fuentes de financiamiento, entre otros requerimientos.
También obliga a las organizaciones sin fines de lucro a registrar detalladamente el uso y destino de los fondos que reciban con sus correspondientes facturas y documentos respaldatorios. También, a contar con una lista de todos los profesionales, técnicos, especialistas y personal de cualquier índole.
Sanciones
El proyecto establece sanciones para las organizaciones y sus directivos que incumplan con él.
Las sanciones aplicables a las OSFL son apercibimiento, multa de 100 a 1.000 salarios mínimos, suspensión de actividades por un año, cese definitivo de actividades y cancelación de su inscripción en el registro.
También dispone sanciones a personas físicas. Son apercibimiento, multa de 20 a 500 salarios mínimos, remoción del cargo con inhabilitación para el ejercicio de dirección, administración, representación o fiscalización de la OSFL por 5 a 10 años. Asimismo, inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por el mismo plazo.