10 jul. 2025

TSJE: Jueces electorales definirán si destituidos pueden postularse para completar su mandato

La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada el pedido de intervención de los municipios de Ciudad del Este y Asunción, administrados por Miguel Prieto y Óscar Nenecho Rodríguez, respectivamente, debido a presuntas irregulares en sus gestiones.

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Edición Diario ÚH

El director de Procesos Electorales del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Carlos María Ljubetic, explicó que la posibilidad de que los intendentes destituidos vuelvan a candidatarse para completar su periodo es un tema debatible, cuya resolución dependerá de la interpretación de los jueces electorales.

Ljubetic aclaró que el debate se dará mucho más adelante, cuando los exintendentes se inscriban en sus respectivas internas. “Yo creo que ahí nadie les va a impugnar, pero después, cuando se inscriban para competir en la elección municipal, ahí se va a producir la impugnación, si es que los movimientos, concertaciones o partidos contrarios así lo entienden”, sostuvo.

El funcionario enfatizó que el TSJE no es un órgano de consulta, por lo que su posición no puede ser tajante, ya que los jueces electorales podrían tener otra interpretación sobre el tema. “La justicia electoral no es un órgano de consulta, o sea, mi posición no puede ser muy tajante en ese sentido, porque los jueces pueden tener otra interpretación”, manifestó Ljubetic.

El director de Procesos Electorales detalló dos situaciones clave que podrían complicar la candidatura de los intendentes destituidos en Asunción y Ciudad del Este.

La primera cuestión se relaciona con la interpretación constitucional sobre los reemplazos de autoridades. “La Constitución dice que la elección se convoca para sustituir a los que dejaron el cargo. Entonces, yo no sé cuál es la interpretación, se puede sustituir a sí mismo, eso lo dejo al arbitrio de los que tienen que interpretar, no quiero meterme”, explicó.

El segundo punto se vincula con la ley orgánica municipal, que establece que cualquier ciudadano que asuma el cargo de intendente en sustitución de otro se considera como si hubiera cumplido un mandato completo. “Tanto los dos de los que estamos hablando cumplieron un mandato, luego fueron reelectos y ahora se presentarían a una tercera elección”, indicó.

Ljubetic opinó que, basado en este principio legal, la postulación de los exintendentes podría quedar imposibilitada, aunque aclaró que serán los jueces electorales quienes definan la situación. “Es una situación estudiable, analizable por los jueces, pero en mi opinión les imposibilitaría candidatarse”, aseguró.

Confirmó que los intendentes destituidos no enfrentan sanciones electorales generales, por lo que podrían postularse a otros cargos políticos en el futuro. “Para otros cargos electivos posteriores sí, no tienen de hecho ninguna sanción, a no ser que haya una cuestión que vaya a la justicia ordinaria, y ahí sí han sido sancionados”, explicó.

El director del TSJE enfatizó que el simple hecho de haber sido destituidos no les resta derechos electorales, por lo que cualquier impugnación en una futura elección municipal deberá resolverse en el ámbito judicial.

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