La Sala Penal de la Corte dictó un fallo inédito por el que señala que el delito de violencia familiar también incluye a la persona que está en una relación extramatrimonial, comúnmente llamada “amante”, aunque no conviva con el denunciado.
Esto deja un precedente para futuros casos, donde una persona que vive con su esposa en una relación conyugal normal actúa en forma violenta con su amante.
El abogado Casañas Levi cuestionó el fallo y afirmó que atenta con el principio de legalidad. Sostuvo que la convivencia implica vivir con otra persona, cosa que en las relaciones calificadas por el fallo como “amantes” no se da.
“Una de las garantías fundamentales en el sistema constitucional y penal es que los jueces no legislen utilizando como excusa la interpretación”, dijo.
/ con información del Diario ÚH