02 ago 2026

Diputado plantea regular adopción de personas mayores de edad

El diputado liberal Carlos Pereira presentó un proyecto de ley que busca regular la adopción de personas mayores de edad en Paraguay. La iniciativa responde a una “necesidad” donde las relaciones familiares trascienden los lazos biológicos.

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Según el proyectista, Paraguay es actualmente el único país de Latinoamérica sin una regulación legal para la adopción de personas que ya superan los 18 años de edad y con un vínculo afectivo demostrado con anterioridad.

La normativa actual de adopción solo abarca hasta que las personas cumplen los 18 años, generando un “vacío jurídico” que impide a los adultos formalizar legalmente relaciones familiares construidas sobre el cuidado, el afecto y la solidaridad durante años.

Una iniciativa anterior, presentada hace poco más de un año, fue retirada debido a que no tomaba en cuenta aspectos como las leyes de protección de la niñez, así como cuestiones jurídicas y económicas relacionadas con las herencias.

Una de las principales preocupaciones en el debate público fue el riesgo de que “personas avivadas” se aprovecharan de la situación de adultos mayores o vulnerables para buscar únicamente beneficios hereditarios.

Para subsanar esto, el proyecto exige una “demostración afectiva” del vínculo ante un juez, con pruebas de conexión y lazos familiares durante los últimos cinco años. La sociedad debe verlos como una familia, y se requerirán testigos.

Requisitos claves

Para el adoptante:

• Debe tener al menos 36 años de edad.

• Poseer plena capacidad jurídica.

• Acreditar una diferencia de edad de 18 años como mínimo con la persona adoptada.

• No estar vinculado con el adoptado por matrimonio, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o afinidad en línea recta ni colateral hasta el cuarto grado.

• No haber sido condenado por delitos dolosos que comprometan su idoneidad moral o legal.

• En caso de estar casado, contar con el consentimiento expreso del cónyuge.

• Si el adoptante ya tiene hijos biológicos, estos deben dar su visto bueno, especialmente por las implicaciones económicas que podría generar el nuevo vínculo legal.

Para el adoptado:

• Debe ser mayor de edad y contar con plena capacidad jurídica.

• Prestar su consentimiento expreso, libre y personal.

• No estar impedido por vínculos previos con el adoptante.

El diputado reconoció que, aunque este proyecto se centra en la adopción de mayores de edad, el debate ha puesto de manifiesto la necesidad de acelerar los procesos de adopción de menores, los cuales a menudo se ven afectados por la burocracia institucional.

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