El caso cobró relevancia luego de que el material circulara masivamente en redes sociales y aplicaciones de mensajería. Ante la intención de las autoridades locales de evaluar acciones para resguardar el espacio público, la abogada Cecilia Pérez analizó la posible aplicación de figuras penales vinculadas al exhibicionismo.
Sin embargo, advirtió que la configuración del hecho depende de las circunstancias concretas. “El que compra el video es porque quiere ver, no porque se va a sentir agraviado”, señaló.
Pérez explicó que uno de los aspectos centrales radica en determinar si existió una afectación directa a terceros en el lugar donde se realizó la grabación. Según indicó, la comercialización posterior del material abre un análisis distinto al de una eventual conducta exhibicionista en un espacio público.
“Si nadie te vio, pero vos grabaste y estás comercializando, prácticamente es un video de contenido sexual”, expresó la profesional al diferenciar entre la producción privada del material y la posible exposición pública de terceros a ese contenido.