El legislador busca que ambas instituciones remitan la documentación contractual y regulatoria que explique las decisiones tomadas y la modalidad de su relacionamiento.
Filizzola cuestionó con dureza los argumentos de la previsional de que no puede manejar directamente unas 2.000 transacciones mensuales por vía electrónica, señalando que esta imposición va en contra de la libre competencia y de los derechos de los asegurados y jubilados.
De acuerdo con las denuncias ventiladas en el debate, la entidad financiera beneficiaria habría recibido un “reglamento a medida” redactado por el IPS para calificar como receptora de sus ahorros.
Además, se advirtió que este esquema funciona en la práctica como un contrato de atadura de crédito prohibido por la ley de defensa del consumidor, convirtiendo al IPS en una agencia de promoción forzosa que introduce de golpe a unos 45.000 nuevos clientes a la entidad, quienes inmediatamente son blanco de ofertas de tarjetas y otros servicios financieros.
Filizzola coincidió en que, aun cuando los usuarios retiren su dinero rápidamente, la permanencia de estos millonarios fondos durante dos o tres días en las cuentas de la entidad genera una ganancia directa por intereses y una inyección de oxígeno financiero que distorsiona las condiciones de competencia en todo el sistema financiero nacional.