Con el objetivo de incentivar la formalización de las unidades productivas más pequeñas del país, el presidente Santiago Peña reglamentó ayer la Ley 5741/16. Esta normativa crea un sistema especial de beneficios del sistema de seguridad social para los propietarios de las microempresas.
La ministra de Trabajo, Mónica Recalde, explicó los detalles de esta normativa. Según la ministra, esta ley busca incentivar la formalización de las unidades productivas más pequeñas del país, que tienen hasta 10 trabajadores y facturan hasta 646 millones de guaraníes al año.
Los propietarios de las microempresas podrán acceder al Seguro Social pagando el 23% del salario mínimo, que equivale a poco más de 500.000 guaraníes mensuales. De este modo, tendrán los mismos beneficios que un trabajador general, como la jubilación, la salud y la prestación de servicios.
“La diferencia que existe entre este régimen de propietarios de microempresas y el régimen general es que ellos no van a estar abonando el 2.5%, que es para el SNPP y para Salud. Esa es la deducción que ellos tienen”, dijo.
Señaló que la base del cálculo de la jubilación será más beneficiosa para ellos, ya que se tomará en cuenta los últimos 10 años de aportes y no los últimos 36 meses, como ocurre con el trabajador general. “Lo ideal sería poder captar esos periodos de mayores ingresos, de mayores declaraciones que se tienen y dar una jubilación más justa”, afirmó.
La ministra indicó que el objetivo de esta ley es brindar una mayor protección social a los propietarios de las microempresas, que representan un sector importante de la economía nacional. Además, manifestó que se está trabajando para equiparar el periodo de referencia de la jubilación también para el trabajador general, a fin de mejorar las condiciones de todos los aportantes.