14 feb. 2026

Tratar proyecto antinepotismo de Basilio Núñez en febrero es muy forzado, dice Kattya González

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La senadora Kattya González (PEN) cuestionó este lunes la intención de la Bancada de Honor Colorado de querer tratar el 15 de febrero su proyecto que modifica y amplía artículos de la ley que prohíbe el nepotismo en la función pública. Basilio Núñez (ANR), líder de dicha bancada, expresó esta pretensión.

La senadora manifestó que actualmente en el Congreso Nacional no hay legisladores ni funcionarios trabajando. Además, señaló que restan varios procesos por realizar para dar un tratamiento correcto al proyecto.

“Es muy forzado (tratar el 15 febrero), no tenemos comisiones. Esto parece un cementerio, no hay colegas ni funcionarios, esa es la verdad. No se puede en un cementerio estudiar una ley tan importante como esta”.

“Nosotros le dijimos al senador Basilio ‘vamos a acompañarte en tu iniciativa, pero no te vayas a apurar, porque tenemos que revisar, de manera tal a no parchar una situación como esta’. Entonces, ¿por qué no hacemos no solamente hablar de una ley que es difusa, interpretable, sino además establecer correctamente las sanciones? Porque si una ley no tiene sanción, permite la impunidad”.

“Faltan comisiones, falta escuchar a las partes, faltan audiencias públicas. Ese es un proceso serio”.

Asimismo, cuestionó que el senador Núñez busque incluir en su proyecto el nepotismo en las organizaciones no gubernamentales.

“Estamos hablando del nepotismo, no estamos hablando de ninguna manera de empezar a mezclar organizaciones no gubernamentales en lo que significa la creación de un remedio ante esta desvergüenza que está pasando en la Cámara de Senadores y de Diputados”.

“No tienen por qué mezclarse las oenegés. Qué obsesión que tienen por destruir a la sociedad civil organizada, que hoy legítimamente está diciendo que le indigna una situación que nos debería ocupar a senadores y diputados”.

Proyecto
El proyecto del legislador colorado modifica los artículos 1 y 3 de la ley 5.295/14 “Que prohíbe el nepotismo en la función pública”.

Su propuesta define el nepotismo de esta forma:

“(…) Cuando una persona, facultada para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de esos actos a favor de su cónyuge, concubino o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación de las normas que regulan el acceso a la función pública, y quienes ocupan los cargos establecidos en el artículo 2° de la presente ley, ejerzan injerencia directa en el nombramiento y contratación de personal cualquiera sea la denominación del cargo, cuando el funcionario que guarda el parentesco indicado influir, tiene un cargo superior o equivalente a aquél que tiene la facultad de nombrar o contratar al personal, dentro del mismo Organismo o Entidad del Estado”.

Respecto a la pena por dicha conducta, establece una medida de inhabilitación en el ejercicio de la función pública de hasta cinco años y la nulidad del acto jurídico. El beneficiado con el nombramiento o contrato será castigado con la misma pena.

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