El senador Colym Soroka (ANR), presidente de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, anunció este miércoles que solicitará que el proyecto de iniciativa popular “Chau nepotismo” sea tratado en la sesión extraordinaria del 15 de febrero.
Afirmó que aún no conversó con el senador Basilio Núñez sobre su propuesta antinepotismo en la función pública. Sin embargo, señaló que tener varios proyectos sobre el mismo tema permitirá realizar una comparación e incluso complementación entre las iniciativas.
“Acá ya hay una propuesta y cuando hay propuestas y son llevadas a la mesa, se tienen que debatir y punto”, dijo sobre “Chau nepotismo”.
“Realmente es necesario el proyecto, pero demasiado hace falta, pero tiene que ser llevado a la práctica. Tenemos la ley de nepotismo, pero después hay medidas que salen de la Corte, hay avivadas y queda como letra muerta”.
La propuesta realiza vía iniciativa popular fue impulsada por Robert Cano, exviceministro de Educación; Soledad Núñez, excandidata a la Vicepresidencia por la Concertación Nacional; Estafanía Careaga; política y abogada; Raúl Ayala, exsenador; María Ester Rhoa, abogada y activista anticorrupción.
Actualmente cuanta con 43.500 firmas, de las 48.321 que requiere.
Proyectos
El proyecto “Chau nepotismo” cuenta con 8 artículos y tiene por objeto evitar y penalizar el nepotismo en la función pública.
Prohíbe contratar o designar en cargos públicos o en la prestación de servicios personales y profesionales a los parientes declarados por cualquier autoridad pública. Define “parientes declarados” como integrada por cónyuges, uniones de hecho actuales o anteriores y uniones convencionales, parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de las autoridades públicas.
Se exceptúa de esta prohibición aquellos nombramientos, contrataciones o designaciones que se efectúen en el marco de un concurso. Agrega que el cargo de secretario privado o su equivalente no estará exento de esta prohibición.
Establece sanciones de hasta cinco años de pena privativa de libertad sin posibilidad de sustitución de la pena, más la inhabilitación de ejercer cargos públicos por 10 años. En caso de reincidencia la privación de libertad subirá a 10 años y la inhabilitación será de por vida.
El proyecto de Basilio Núñez modifica los artículos 1 y 3 de la ley 5.295/14 “Que prohíbe el nepotismo en la función pública”.
Su propuesta define el nepotismo de esta forma:
“(…) Cuando una persona, facultada para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de esos actos a favor de su cónyuge, concubino o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación de las normas que regulan el acceso a la función pública, y quienes ocupan los cargos establecidos en el artículo 2° de la presente ley, ejerzan injerencia directa en el nombramiento y contratación de personal cualquiera sea la denominación del cargo, cuando el funcionario que guarda el parentesco indicado influir, tiene un cargo superior o equivalente a aquél que tiene la facultad de nombrar o contratar al personal, dentro del mismo Organismo o Entidad del Estado”.
Respecto a la pena por dicha conducta, establece una medida de inhabilitación en el ejercicio de la función pública de hasta cinco años y la nulidad del acto jurídico. El beneficiado con el nombramiento o contrato
