08 abr. 2026

¿Quién debe juzgar a los legisladores? penalista opina sobre la pérdida de investidura

¿Quién debe juzgar a los legisladores? penalista opina sobre la pérdida de investidura

El abogado penalista Ricardo Preda opinó sobre el tema controvertido de la pérdida de investidura de senadores y diputados en el Congreso.

Preda sostuvo que la pérdida de investidura no es competencia de las Cámaras del Congreso. A su criterio, las recientes decisiones de destitución, incluida la de la senadora Kattya González, son irregulares debido a esta cuestión de competencia.

El abogado señaló el artículo 201 de la Constitución, que establece las causales de pérdida de investidura, pero no especifica quién debe aplicarla.

Además, hizo referencia al artículo 190 de la misma Constitución “donde se le da a la Cámara la competencia de suspender hasta por 60 días, según una mayoría establecida a los integrantes por ciertas conductas irregulares que puedan desarrollar en su seno”, y atribuyó que el error proviene de la Constitución anterior.

Preda argumenta que la Constitución de 1967 otorgaba a las cámaras del Congreso la facultad de juzgar los títulos de sus miembros. Sin embargo, la Constitución de 1992 excluyó esta competencia, trasladándola a la Justicia Electoral.

El abogado remarcó que “cualquier ley que otorgue al Congreso competencias que no están explícitamente establecidas en la Constitución sería inconstitucional”, garantizando el equilibrio de poderes.

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