María Esther Roa, Carmen Rodríguez y Jorge Rolón Luna, de la Coordinadora de Abogados, denunciaron este miércoles ante la Fiscalía General del Estado a 18 políticos en total por tráfico de influencias, cobro indebido de honorarios, lesión de confianza, nepotismo y violación a la ley de la Función Pública.
Estos son Raúl Latorre, presidente de la Cámara de Diputados; Pedro Alliana, vicepresidente de la república; Silvio Ovelar, presidente del Congreso Nacional, Roya Torres, diputada; Édgar López, senador; José Domingo Adorno, diputado; Benjamín Cantero, diputado; Alejo Ríos, diputado; Líder Amarilla, senador.
Además, Monserrat Alliana, hija de Pedro Alliana y asesora en Cámara de Diputados; Alejandro De Jesús Ovelar, exasistente en Diputados e hijo de Silvio Ovelar; Silvana Adorno, asistente en Diputados e hija de José Adorno; Elías Godoy Torres, asesor en Diputados e hijo de Roya Torres; Silvia Noemí Vega, asesora en Diputados y esposa de Benjamín Cantero; Neyde Amarilla de Coronel, asesora en el Senado y hermana de Líder Amarilla.
También, Vidala Hastanasilda Franco Medina, asesora en Senador y esposa de Édgar López; Andrea Letizia Paredes, jefa de despacho de López y su nuera; y Élida Ríos, asesora en Diputados e hija de Alejo Ríos.
La abogada Esther Roa afirmó en comunicación con Monumental que esta denuncia no será testimonial y que desde la Coordinadora de Abogados vigilarán el actuar de la Fiscalia.
“Esta denuncia que presentamos hoy no va a ser testimonial, no va a ser un escrito que solamente busca un número de mesa de entrada. Esto va a ser monitoreado porque ya tenemos la expertiz, ya sabemos cómo manejarnos entre ellos”.
“Vamos a estar controlando. La denuncia penal hoy fue radicada ante el fiscal general del Estado por tráfico de influencias, lesión de confianza, cobro indebido de honorarios y también nepotismo”.
Por su parte, el abogado Rolón negó que las contrataciones de los parientes de políticos correspondan a cargos de confianza.
“La ley 1626 define en el artículo octavo de manera taxativa, que no se puede modificar por la voluntad particular, yo no puedo agregar a esa lista taxativa, donde no figuran estos personajes con los cargos que están ocupando y decir ‘lo que pasa es que el hijo de fulano es buen tipo’. El cargo de confianza es aquel que determina la ley, no aquel que parece”.
“No es un cargo de confianza, primera cuestión. Segunda cuestión, de la que no se habla, eso señalamos en nuestro escrito, no solamente el que realiza el acto jurídico de nombramiento: el girador o el encargado de administrar una institución, es el que parecería ser lo que dice la ley en el artículo primero. Pero en el artículo segundo dice ‘tampoco podrán’ y elabora una larga lista, donde están desde el presidente de la república, pero también fiscales, jueces y senadores y diputados”.
“Los cargos de confianza son los cargos de dirección: viceministerios, los directores generales y directores”.