28 feb. 2026


Caso de Hernán Rivas es la punta del ovillo y podría causar nulidad de sentencias , dice abogado

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El abogado Manuel Riera, expresidente del Colegio de Abogados del Paraguay, afirmó este martes que los cuestionamientos a la veracidad del título del senador Hernán Rivas, miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, no deben quedar en ese caso particular.

Sostuvo que debe servir para desmontar un sistema de corrupción con la fabricación de títulos falsos que incluso podría desencadenar en la nulidad de sentencias judiciales, en caso de que magistrados se hayan beneficiado de este supuesto esquema.

“Un fiscal no debería limitarse a la eventual responsabilidad penal por presentar un título falso, o no debería una Cámara de Senadores decir ‘deberías perder tu investidura’, o no debería agotarse en las discusiones de si debería dar un paso al costado y renunciar al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, sino que al revés, habría que aprovechar el caso de Hernán Rivas como la punta de un ovillo que puede ser la puerta de entrada al derrocamiento de un sistema brutal de corrupción y fabricación de títulos falsos”.

“No podemos, so pretexto de que Hernán Rivas está o no protegido por un movimiento o partido o circunstancia, quedarnos en el, sino que este es simplemente un caso concreto del cual se desprende que hay detrás un esquema enorme de fabricación de títulos falsos a través de un sistema universitario que es un negocio de la educación, que puede afectar a más personas, a más carreras y menosprecia el esfuerzo genuino de quienes sí hacen la carrera”.

Explicó que la posibilidad de nulidades no tiene un plazo.

“Alguien me preguntaba hasta qué punto estaríamos armando un escándalo con esa cascada de nulidades (por títulos falsos de jueces). Yo le digo que ese escándalo podría aparentemente ser grande desde el punto de vista general de la idea, pero una persona que fue condenada injustamente y hoy está en la cárcel por un juez sin título estaría encantada de que esa nulidad se produzca”.

“En materia de nulidades no hay prescripción, está en el Código Civil, no se pueden crear derechos por datos nulos”.

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