Un Tribunal de Apelaciones revocó este viernes la resolución del juez Miguel Palacios por la cual admitió la imputación contra el senador Hernán Rivas (ANR). La segunda instancia afirmó que el acta del Ministerio Público contiene “deficiencias notorias que deben ser corregidas”.
Rivas fue imputado por producción y uso de documentos públicos de contenido falso por dudas sobre su título de abogado.
La cámara integrada por Bibiana Benítez, Delio Vera y José Agustín Fernández sostuvo que Palacios admitió la imputación sin haber realizado el control pertinente. Señaló que el relato fáctico del Ministerio Público carece de información que brinde al imputado las herramientas para defenderse.
Además, mencionó que la producción de documento de contenido falso que se le imputa a Rivas no corresponde a las preguntas “por qué, cuándo, cómo y dónde el imputado se ha involucrado en la comisión del delito”. Asevera que la falta de descripción de este hecho sindicado no puede prosperar en un proceso penal.
El camarista José Agustín Fernández explicó que el Ministerio Público debe corregir los defectos señalados y luego remitir nuevamente la imputación al juez.
“Resultó que la defensa plantea un recurso de reposición, porque decían que había defectos en la imputación. Eso resuelve en primera instancia el juez rechazando, pero eso es objeto de apelación y se eleva a la cámara”.
“La cámara estudia la imputación. Yo tengo un voto coincidiendo con la tesis de la defensa y con la tesis central en que el juez tiene que hacer un control de la imputación, de esta y de todas las imputaciones. Ese control judicial deviene por disposición constitucional, por el derecho a la defensa, por el control del proceso y por muchas otras disposiciones de rango constitucional, de rango convencional y de rango procesal”.
“Esta es la situación, concretamente tiene que ser devuelto para ser corregido, la Fiscalía eventualmente tiene que proceder de esa manera y devolver esa acta completando lo que tenga que completar, diciendo lo que tenga que decir porque esa es facultad exclusiva del Ministerio Público”.