El asesor financiero y exconsejero del Instituto de Previsión Social (IPS), Carlos Pereira, aclaró las razones de su abstención en la votación del Consejo de Administración que derivó en el archivo de un dictamen jurídico sobre el contrato con la empresa Neighpart Saeca. “Mi abstención fue por la propuesta de archivar, obviando el dictamen de la asesoría jurídica, que sí tenía los antecedentes y la cronología de hechos. Por lo tanto, mi abstención era no hacer lugar a la propuesta del consejero de los Ríos”, explicó.
Pereira sostuvo que pidió una auditoría forense para determinar las falencias en el proceso de contratación. “La auditoría forense que yo pedí era para determinar por qué en el pliego de 2019 no se hizo el estudio esclerométrico. Eso debía haber formado parte de las bases y condiciones”, señaló.
El exconsejero recordó que solicitó informes adicionales para acompañar la investigación fiscal. “También pedí el informe pormenorizado del estado de situación y avance de la denuncia en el Ministerio Público, para poner a disposición todas las acciones necesarias”, afirmó.
Pereira insistió en que su abstención no significó avalar el archivo sin sumario. “Si ustedes pueden escuchar el audio, yo dije: no importa que se hayan subsanado. El sumario administrativo debía instruirse. En el acta acompañé el dictamen jurídico que decía claramente que se tenía que abrir el sumario”, puntualizó.
Explicó que la firma de las adendas respondió a la necesidad de reubicar los quirófanos modulares. “Lo que se hizo fue suspender el plazo para aprobar el nuevo plano de reubicación ante el Ministerio de Salud. La adenda 6 reanudó el proceso para que se haga la reubicación”, dijo.
Respecto al por qué IPS siguió pagando por los quirófanos fantasmas, ya que desembolsó G. 35.657 millones a Neighpart, el asesor explicó que el Consejo de Administración “no es ordenador de gastos, no firma cheques ni interviene en la gestión operativa”.
A su criterio, la responsabilidad de ejecutar y autorizar los desembolsos millonarios recae en el administrador del contrato y en el titular de la previsional.