La fiscal Sophia Galeano afirmó este viernes que la figura de homicidio por excitación emotiva es la hipótesis principal que maneja respecto al caso del comerciante que mató a un presunto delincuente que ingresó a su comercio en Areguá, departamento Central.
Aclaró que no imputó al trabajador, de nombre Juan Rivaldi, pero señaló que lo citó a una declaración indagatoria bajo dicho hecho punible.
“Excitación emotiva tiene que ver con el momento en que se produce el hecho. Hay que tener en cuenta que entraron al local dos personas armadas, el señor estaba en la oficina que corresponde a la tesorería y él por las cámaras puede divisar la situación que está ocurriendo dentro de su salón comercial. Ve a su personal con cuerpo a tierra, que se están manipulando las cajas registradoras y que las personas están armadas”, dijo la fiscal.
Manifestó que la figura tiene una expectativa de pena considerablemente menor a los demás tipos de homicidios dolosos.
“Es sobre homicidio doloso, pero el inciso tercero refiere que se aplicará una prueba penativa de libertad de hasta 5 años y se castigará también la tentativa cuando exista un reproche al autor que sea considerablemente reducido por una exaltación emotiva, compasión, desesperación u otros motivos relevantes”.
Mencionó que no prevé imputar al hombre hasta que realice la reconstrucción de los hechos, fijada para el lunes, y tenga claridad de lo ocurrido. Pero, comentó que si imputara, sería bajo esa figura.
Versión del comerciante
El comerciante Juan Rivaldi manifestó en declaración indagatoria que fue apuntado con un arma de fuego por uno de los asaltantes y que creyó que el otro, que se encontraba en la motocicleta, tenía intenciones de atropellarlo, por lo que decidió realizar un disparo al aire.
“Según lo declarado por el comerciante hoy, manifiesta que al encontrarse ahí, el sujeto de campera azul le vuelve a apuntar y piensa que el otro, con la moto, piensa que le va a atropellar, entonces él, que estaba armado, agacha la cabeza, se cubre, y hace el disparo. Él dice que pensó que fue un disparo al aire, pero no fue al aire porque impacta por el cuerpo de la persona”, relató la agente.
Agregó que en las imágenes de las cámaras de seguridad no se observa que el comerciante haya sido apuntado con un arma de fuego, por lo que no considera que haya procedido en legítima defensa.
“Para que sea legítima defensa, tenés que estar en peligro. Nosotros en el video no notamos que el conductor de la moto le haya apuntado”.