05 dic. 2025


Senado aprueba proyecto antinepotismo versión Diputados

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El Senado sancionó la iniciativa antinepotismo aprobada en Diputados. Cuatro proyectos figuraban en el orden del día, entre ellos “Chau nepotismo”. La propuesta pasa el Poder Ejecutivo.

La Cámara de Senadores aprobó el miércoles el proyecto de ley “Que modifica la Ley N° 5.295/14 ‘Que prohíbe el nepotismo en la función pública’”, presentada y sancionada en la Cámara de Diputados.

La propuesta fue aprobada con 21 votos a favor y 6 en contra. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

Había cuatro proyectos antinepotismo en el orden del día de la sesión extraordinaria, entre ellas la iniciativa popular “Chau nepotismo”, que establecía hasta 10 años de cárcel en caso de reincidencia.

El proyecto aprobado define nepotismo “cuando una persona, utiliza sus atribuciones, facultades para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de esos actos a favor de su cónyuge, concubino o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación a las normas que regulan al acceso a la función pública”.

La iniciativa impide al presidente de la república y el vicepresidente, parlamentarios y otros altos funcionarios públicos a nombrar o contratar en cargos o empleos públicos a cónyuges, concubinos y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Establece como sanciones la inhabilitación del ejercicio de la función pública por 3 a 5 años. Dispone la misma pena para la persona beneficiada con la contratación o nombramiento. Asimismo, la nulidad del acto jurídico y la responsabilidad de la devolución de los salarios cobrados indebidamente.

Ley vigente
La Ley 5295/14 define nepotismo:

“Cuando una persona, facultada para nombrar o contratar en cargos públicos, realiza uno de estos actos a favor de su cónyuge, concubino o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, en violación a las normas que regulan el acceso a la función pública”.

Establece las mismas sanciones que el proyecto aprobado.

Impide a los mismos altos funcionarios que el proyecto de ley aprobado a nombrar o contratar a cónyuges, concubinos y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

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