El Dr. Ricardo Preda, abogado y experto en derecho penal, señaló que la modificación se enfoca en el homicidio culposo, es decir, aquellos casos en los que la muerte se produce por una conducta negligente o imprudente, no intencional.
La propuesta busca modificar el artículo 107 del Código Penal, que regula el homicidio culposo, en combinación con el delito de exposición al peligro en el tránsito terrestre (Artículo 217), cuando el conductor se encuentra bajo los efectos del alcohol.
Anteriormente, el homicidio culposo tenía una pena de hasta 5 años, y hace unos años se modificó a 3 a 8 años si se cometía bajo los efectos del alcohol. Ahora, el planteamiento es subir el máximo de 8 a 10 años.
“Cada caso debe ser analizado por su particularidad”
El Dr. Preda ha expresado sus dudas sobre el impacto efectivo de este aumento en la pena máxima. “Con esto no ocurrirán menos muertes en el tránsito”, afirmó. Considera que la medida no cambiará sustancialmente la realidad ni persuadirá a la gente de no conducir bajo los efectos de sustancias.
El Dr. Preda enfatiza la necesidad de una verdadera investigación inicial en la escena del accidente, donde la Policía Nacional debería estar capacitada para detectar, mediante la observación y una entrevista, si el conductor está bajo los efectos de alguna sustancia. De existir sospechas, se podría solicitar a un juez una orden para realizar análisis de sangre más exhaustivos, aunque persisten dudas sobre la capacidad de los laboratorios paraguayos para detectar la presencia y cantidad de todas las sustancias.
Para el Dr. Preda, estas modificaciones legislativas a menudo parecen ser un “justificativo para decir que estoy legislando” o responden a decisiones “oportunistas” de ciertos legisladores tras un evento mediático. Sin embargo, el experto sostiene que la solución real radica más en la “educación” y el “control preventivo” para evitar que las personas conduzcan bajo los efectos de sustancias.