La gerente de Prestaciones Económicas del Instituto de Previsión Social (IPS), Vanessa Cubas, explicó que el cálculo del haber jubilatorio cambió tras la promulgación de la Ley 7446, sancionada el 31 de diciembre de 2024 y vigente desde enero de 2025. “Efectivamente se cambió el período de referencia para calcular el haber jubilatorio. Antes era de 3 años, 36 meses, y se cambió a 10 años, 120 meses”, señaló.
La reforma se aplicó de manera gradual para evitar un impacto inmediato en quienes estaban próximos a jubilarse. “Propusimos que ese cambio de 3 años a 10 años sea suave, a razón de un mes por cada mes de vigencia de la ley. Hoy se considera con la aplicación gradual 55 meses para calcular el haber jubilatorio”, indicó la funcionaria.
Explicó que los asegurados tiene dos opciones al solicitar la jubilación. “Introdujimos la posibilidad de que, a pedido del interesado, ya se le considere en los 10 años. Entonces, hoy hay dos alternativas: el cálculo progresivo de 55 meses o el absoluto de 120 meses”, detalló.
Cubas ejemplificó que quienes aportaron altos salarios en el pasado pueden optar por el cálculo absoluto. “Una persona que vino aportando en una empresa donde ganaba 5, 10, 15 salarios mínimos y luego se volvió cuentapropista puede pedir que se le aplique los 10 años, porque nosotros le vamos a traer a valor presente lo que aportó en aquella época”, explicó.
Precisó que el sistema combina valores nominales y actualizados. “Se toman 10 años. Los últimos 36 meses se consideran a valores nominales y los 7 años anteriores se actualizan con el IPC. Se suman, se promedian y eso da el haber jubilatorio”, aclaró.
