24 feb. 2026


Expulsión de Soria de la ANR: “Se debe respetar a las autoridades del partido por razones éticas”

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Gustavo Caza, presidente del Tribunal de Conducta del Partido Colorado (ANR), manifestó este miércoles que los afiliados deben respetar a las autoridades partidarias desde el momento en que pertenecen a la nucleación.

Gerardo Soria, dirigente colorado abdista, fue expulsado del partido por trasgresión del Código de Ética. Esto debido a sus críticas en contra del titular de la ANR, Horacio Cartes, a través de los medios de comunicación.

“En el legajo de documentos acercados al Tribunal por el denunciante, el señor Marcos Estigarribia, presentó crónicas de varios periódicos matutinos, publicaciones de Twitter, y también audios, resaltando la configuración de varios hechos que llaman la atención por la actitud tomada por Gerardo Soria contra el partido, contra la dirigencia mayor del partido, contra el presidente del partido electo en el mes de diciembre en las internas”.

“Son actitudes groseras que, en la acumulación de lectura, y el cúmulo de la prensa que él utilizó hablan de un plan estratégico: echarle al Partido Colorado, que no le vote la gente, esté en el descrédito de la opinión pública. Se convirtió en el opositor más opositor que cualquier opositor al Partido Colorado, denigrando la figura de su presidente, más allá de su rivalidad política”.

“El estatuto prevé que se debe respetar las figuras de las autoridades del partido por razones éticas, ya que uno pertenece al partido. Las críticas tienen que ser constructivas, no destructivas”.

El Tribunal de Conducta sostuvo su acusación basándose en el artículo 7 del Código de Ética de la ANR, que establece en su inciso j:

“El afiliado que por cualquier medio de comunicación social, por si o por interpósita persona, profiriere ataques injustificados contra las Autoridades Partidarias, contra los Principios de la A.N.R., contra la Doctrina o contra la entidad misma de la A.N.R., o denigrare a los Próceres del Partido. Es agravante el hecho de ser propietario, director o responsable del medio de comunicación social. La reiteración en estos hechos o la rebeldía serán pasibles de la pena de expulsión”.

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