11 mar. 2026

Funcionarios pueden ser procesados después de abandonar sus cargos, aclaran

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El abogado y expresidente del Colegio de Abogados, Manuel Riera (foto), habló sobre la posibilidad de que funcionarios que hayan ocupado cargos relevantes sean procesados judicialmente después de abandonar sus puestos. Afirmó que, en la medida en que no haya prescripción y los plazos para investigarlos y procesarlos estén vigentes, estas personas pueden ser sometidas a procesos judiciales.

El abogado destacó que el sistema de enjuiciamiento actual no debe separar a los ciudadanos de las autoridades en términos de responsabilidad personal ante la ley, y explicó que existen diversos procedimientos, como el enjuiciamiento de magistrados, actos de remoción y sumarios administrativos, que no excluyen la responsabilidad penal o civil de las personas sometidas a estos procesos.

“Yo me imagino que muchas de estas cosas empiezan a plantearse porque vos tenés hoy audios que muestran autoridades en su época haciendo tales cosas. El jurado de enjuiciamiento es una muestra de que eso podía hacerse y, de hecho, se hacía antes de que el Consejo de la Magistratura exista”, indicó. Además, explicó que la Constitución tenía disposiciones transitorias para completar los integrantes del Consejo con personas de las universidades hasta que la ley existiera.

Riera enfatizó que, aunque el jurado no tenía en su momento una legislación propia, se utilizaba el código de organización judicial vigente para los enjuiciamientos. “La Corte era la que atendía los enjuiciamientos, si encontraba indicios, mandaba a los jueces a disposiciones de jueces penales con los antecedentes e inclusive si tenía presunción grave de culpabilidad le suspendían en sus funciones”, explicó.

El abogado señaló que, aunque las prácticas han cambiado con el tiempo y ciertos procedimientos se han trasladado a otros órganos, la responsabilidad penal o civil no puede ser excluida.

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