El presidente de la república Santiago Peña promulgó este viernes la ley “De los créditos de carbono”. La normativa tiene por objeto establecer un marco normativo para definir la titularidad sobre los beneficios del carbono reducido, evitado y/o capturado, así como la propiedad de los créditos de carbono.
El crédito de carbono es un instrumento comercializable representado a través de título o certificado, que asigna una equivalencia de reducir, evitar o capturar una tonelada de gases de efecto invernadero de un proyecto determinado, dice el documento.
La ley define como “proyecto” un conjunto de actividades realizados o a realizarse por el titular del proyecto durante un periodo de tiempo con el fin de generar créditos de carbono. El titular es una persona física o jurídica o estructura jurídica pública o privada que sean propietarios de los inmuebles o bienes muebles asociados a las actividades del “proyecto”.
La autoridad de aplicación de la ley es el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), quien reglamenta y gestiona el Registro de los Créditos de Carbono.
El Registro de los Créditos de Carbono tiene por objeto inscribir datos relacionados a cualquier tipo de proyectos de mitigación que busque la obtención de créditos de carbono.
El Mades establecerá cánones de hasta 500 jornales mínimos aplicables , según el caso, en concepto de inscripción, notificación de emisión, transferencia y modificaciones en el Registro. Los proyectos que tengan como titulares a comunidades indígenas están exentas del pago del canon.
Según la exposición de motivos de la ley, los proyectos relacionados a créditos de carbono tienen un doble impacto: un efecto positivo para el medio ambiente a través de la reducción de dióxido de carbono y la posibilidad de generar y diversificar ingresos de pequeños, medianos y grandes productores.
